El presidente de la República, Nicolás Maduro, prorrogó hasta el 31 de agosto las exoneraciones de tributos de importación y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las importaciones, tras extender el decreto publicado en la Gaceta Oficial N° 6.784 Extraordinario de fecha 29 de diciembre de 2023.
El nuevo decreto de prórroga fue publicado en el Gaceta Oficial N° 6.818 Extraordinario de fecha 28 de junio de 2024, bajo el número 4.967.
En consecuencia, quedan vigentes las exoneraciones o beneficios de Impuestos de Importación e IVA a la importación de las mercancías señaladas en el decreto del 29 de diciembre, así como los términos y condiciones allí indicados.
Asimismo, la clasificación de las mercancías en los códigos establecidos en el Decreto No. 4.907, estará sujeta a las tablas de correlación que a tales efectos haya elaborado el SENIAT, con ocasión de la adopción de la “Séptima recomendación de Enmienda del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías”.
El decreto entró en vigencia a partir del 1 de julio de 2024.