Por César Alonso.
Es una exigencia del 100% de los ciudadanos de nuestro estado el vivir en paz y erradicar las malas conductas, tantos de los que acá habitan, como de quienes nos visitan. No queremos conductores de vehículos y motos a alta velocidad y bajo la influencia del alcohol o sustancias estupefacientes o psicotrópicas; tampoco queremos sonidos estruendosos qué maltraten el legítimo derecho a la tranquilidad; no queremos tampoco quienes utilicen las calles avenidas y espacios públicos para hacer sus necesidades fisiológicas; contra eso estamos y lo condenamos vehementemente, pero donde se genera un ruido estruendoso y es el centro del problema es en el medio probatorio para tener la certeza de que un ciudadano ha incurrido en una infracción ya que solamente la palabra del funcionario actuante es suficiente. ¿Cuáles son los medios probatorios que deberían existir para tener la certeza de que se ha cometido una infracción? La tecnología es el mayor aliado de la verdad. ¿Tenemos nosotros cámaras en los semáforos para dejar constancia que se pasó la luz de alto? ¿Tenemos nosotros cámaras en las unidades de transporte público para verificar el comportamiento del conductor y de los pasajeros? ¿Tenemos nosotros cámaras de seguridad en las calles, avenidas, plazas públicas y lugares concurridos para saber cuál es el comportamiento del ciudadano? ¿Existen aquí los alcoholímetros o test rápido de consumo de drogas? Pues estás interrogantes son las que generan la gran duda con respecto a la aplicación de la Ley de Convivencia Ciudadana.
El funcionario actuante no puede tener una patente de corso para hacer lo que le venga en gana. Sus actuaciones deben ser estrictamente ejecutadas con respeto a nuestro ordenamiento jurídico.
Por eso se debe avanzar con la legislación en protección de las mayorías pero también con el uso de la tecnología que nos da la certeza absoluta de hechos y situaciones, sin lugar a dudas ni suposiciones.